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La Policía Nacional es un instituto armado de naturaleza civil, con estructura jerarquizada que tiene como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, con ámbito de actuación en todo el territorio nacional.

Según la legislación vigente Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 118, de 18 de mayo, que regula los procesos selectivos de Ingreso en la Policía Nacional, y en consonancia con la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, para poder ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas a los aspirantes a POLICÍA será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

  • Tener la nacionalidad española.
  • Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
  • No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • No hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el Anexo III de esta convocatoria.
  • Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
  • Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
  • Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.

Los interesados en optar a las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería, además de los requisitos anteriormente mencionados, deberán reunir y acreditar, el de llevar cinco años de servicio como tales a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La no acreditación de este requisito en el plazo mencionado comportará la adscripción a las plazas de turno libre.

La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio: 

1ª PRUEBA: aptitud física.

Esta prueba consistirá en la realización por los opositores de los ejercicios físicos que se describen en el Anexo I de las bases. La calificación de cada ejercicio será de cero a diez puntos, según lo establecido en dicho Anexo, teniendo en cuenta que la obtención de cero puntos en cualquiera de ellos supone la eliminación del aspirante. La calificación de la prueba será la media de las obtenidas en cada ejercicio, debiendo alcanzarse al menos quince puntos para aprobar entre las tres pruebas.

2ª PRUEBA:  conocimientos y ortografía.

1ª) Consistirá en la contestación por escrito en cincuenta minutos, a un cuestionario tipo test de cien preguntas, con un enunciado y tres alternativas de las que sólo una es la correcta, relacionadas con el temario que figura como Anexo II de las bases de la convocatoria, descontando las respuestas erróneas.

2ª) Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario tipo test para evaluar la capacidad ortográfica del opositor. Para la corrección de la prueba se utilizarán las entradas propias que figuren en el Diccionario de la lengua española (RAE). Serán declarados aptos/as los opositores/as que obtengan una nota igual o superior a 5.

3ª PRUEBA: reconocimiento médico, entrevista personal, psicotécnicos y prueba voluntaria de idiomas.

1ª) Reconocimiento médico. Dirigido a comprobar que el aspirante no padece ninguna de las causas de exclusión a que se refiere la Orden de 11 de enero de 1988.

2ª) Entrevista personal. Tras la realización de un test de personalidad, un cuestionario de información biográfica y/o un Curriculum Vitae por el opositor, se investigarán los factores de socialización, comunicación, motivación, rasgos de personalidad, rasgos clí­nicos y cualidades profesionales. La calificación será de (apto) o (no apto).

3ª) Test psicotécnicos. Consistirán en la realización de uno o varios test dirigidos a determinar las capacidades cognitivas del aspirante para el desempeño de la función policial en relación a la categorí­a a la que se presenta.

4ª) Ejercicio voluntario de idioma. Los opositores podrán realizar de forma voluntaria, un ejercicio de conocimiento de los idiomas inglés o francés, que podrá mejorar hasta dos puntos la nota final.

Los opositores que superen las anteriores pruebas selectivas se incorporarán a la Escuela Nacional de Policía (Ávila), donde iniciarán su proceso formativo, integrándose en el plan de carrera de la Policía Nacional.